Institucional

Un decreto no puede limitar el acceso a la información pública

Las organizaciones firmantes manifestamos nuestra preocupación por el Decreto 780/24 con el que el Poder Ejecutivo Nacional intenta restringir el derecho de Acceso a la Información Pública.

Un Decreto reglamentario no puede limitar el derecho de acceso a la información pública en contradicción con el alcance de la propia Ley de Acceso a la Información votada por el Congreso de la Nación en 2016.  

Las excepciones establecidas por la Ley 27.275, que habilitan la negativa estatal a brindar la información solicitada, están lejos de lo reglamentado por el Poder Ejecutivo Nacional. El Decreto mencionado amplía la información que queda por fuera del interés público, amplía el secreto y aporta discrecionalidad al dejar en manos de los funcionarios/as públicos/as la definición sobre lo que es un documento público y qué información puede ser considerada de la esfera privada de las autoridades, dándoles una especial protección.  

El Decreto 780/24 implica una seria regresión en materia de interpretación del derecho de acceso a la información a la luz de los estándares internacionales de derechos humanos y lucha contra la corrupción y genera un marco normativo discrecional por el cual las definiciones políticas del gobierno y las decisiones subjetivas de los funcionarios/as primarían por sobre el derecho de acceder a información en manos del Estado.  

Solicitamos al Poder Ejecutivo Nacional que deje sin efecto este Decreto y se garantice el pleno acceso a la información pública. 

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  • 04-09-2024