Ejercicio Profesional

Acordada CSJN 3/2015

Se informa que autoridades del Colegio se encuentran manteniendo reuniones permanentes con la Comisión de Gestión Judicial de la CSJN sobre los alcances de la acordada 3/2015 y sus consecuencias sobre el ejercicio profesional.

En tal sentido, se han coordinado Charlas Informativas para que los matriculados puedan conocer los aspectos principales de la nueva normativa. Las Charlas estarán a cargo de miembros de la Comisión de Gestión Judicial de la CSJN encargada de la puesta en marcha del Sistema (MAS INFORMACION E INSCRIPCION).

Por último, se invita a los matriculados a enviar por mail dirigido a gerencia.general@cpacf.org.ar sus experiencias prácticas en la utilización del Sistema de Gestión Judicial desde su entrada en vigencia, principalmente en lo que hace a la Notificación Electrónica y Consulta Web. Esta información resulta de suma utilidad para evaluar los resultados del nuevo Sistema y, en su caso, efectuar los planteos correspodientes ante los responsables de su implementación.

Principales novedades de la acordada CSJN 3/2015, cuya entrada en vigencia esta prevista para el 01/05/2015:

-La aplicación del Sistema de Notificación Electrónica se extiende a todos los procesos en trámite, cualquiera haya sido su fecha de inicio; de modo que, a partir de esa fecha, será obligatorio y exclusivo en todos los fueros en reemplazo de la notificación por cédula papel.

-La obligación de todos los operadores judiciales que tomen intervención en los procesos judiciales de denunciar su Identificación Electrónica Judicial (IEJ) o Domicilio Electrónico, entendiendo por tal su CUIL/CUIT, a los fines de quedar habilitados para utilizar los servicios de notificaciones electrónicas, ingreso de copias digitales, consulta Web y los que a futuro se habiliten.

-La obligatoriedad de ingresar copias digitales establecida por la Acordada 11/2014, se aplicará a todos los actos procesales de los expedientes en trámite, como así también a todo expediente cuyo trámite se reabra o inicie y respecto de todos los actos procesales, e importará una declaración jurada en cuanto a su autenticidad en relación a los profesionales que las presenten, sin perjuicio de la exención dispuesta por el Art. 121 CPCCN.

-El ingreso de copias digitales al Sistema de Gestión Judicial deberá realizarse dentro de las 24 horas de presentación del escrito en soporte papel bajo apercibimiento de tener por no presentado a quien no cumpla con esta obligación.

-La eximición de presentar las “copias” en papel de los escritos y documentos dejados en el Tribunal en todos los supuestos en los que la legislación de que se trate imponga tal deber y su incumplimiento acarrea el apercibimiento que establecen los arts. 120 CPCCN y 47 de la Ley 18.345, cuando se hubiera ingresado en tiempo y forma su copia digital en el Sistema de Gestión de Judicial. En caso que las partes soliciten notificarse personalmente, las copias respectivas estarán disponibles en la Consulta Web de Causas del Poder Judicial de la Nación y en el Sistema de Notificación Electrónica, cuyo acceso respecto de cada expediente es responsabilidad de los letrados intervinientes.

-La eximición de presentar en papel los escritos de mero trámite que se hubieran ingresado por Web en “Ingreso de documentos”. El tribunal u órgano jurisdiccional debe dejar constancia en el expediente, debiendo asentar: fecha y hora; parte que dejó el escrito y firma del funcionario.

-La extensión del régimen de la Acordada 8/2012 que dispuso la aplicación del Libro de Asistencia (Libro de Notas) por medio de una constancia en la línea de actuaciones del programa electrónico de gestión de causas.

-En función de ello, en todas las Cámaras, Tribunales y Juzgados del Poder Judicial de la Nación, dicho libro en papel se reemplazará por un registro digital dentro del Sistema de Gestión Judicial y la oficina judicial deberá asentarlo en el expediente en soporte papel mediante un sello o dejando nota manual, debiendo quedar asentado: fecha y hora; parte que dejó nota y firma del funcionario interviniente

Para acceder al texto completo de la Acordada 3/2015 referida ingrese aquí.

  • 31-03-2015